LA PIZARRA ELECTRONICA DEL C.N…. RESPONSABILIDAD DE TOMÁS ZAMBRANO

(Melvin López Herrera)

Iniciemos este tema tomando obligada lectura de algunos preceptos de ineludible observancia contenidos en la Ley Orgánica del Poder Legislativo (LOPJ o la Ley) y que actualmente están siendo ignorados por quienes en el Congreso Nacional (C.N.) tienen el deber primario de hacerla prevalecer por sobre cualquier otro interés personal o de partido cuando se es gobierno.

El artículo 14 de la Ley establece que la Junta Directiva del C.N. es el órgano máximo de Dirección Ejecutiva del Congreso Nacional; estando comandada por el Presidente de ese poder del Estado. Luego el artículo 21 en su numeral 1 le atribuye a la Junta Directiva el deber de “cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes”; misma atribución que en su artículo 22, en su numeral 1, le es asignada de una manera particular al Presidente del Congreso Nacional. Aunque la Ley en su artículo 44 le atribuye a la Junta Directiva la responsabilidad de la administración del Congreso Nacional, su artículo 22 en su numeral 8 señala como atribución del Presidente el ejercer la administración del Congreso Nacional. Con ello lo que se puede deducir, sin llevarnos al mínimo conflicto, es que dentro de la Junta Directiva del Congreso Nacional su presidente es quien carga con la mayor responsabilidad, compartida con sus demás integrantes.

En este nuevo cuatrienio legislativo el partido de gobierno en el C.N., teniendo a la cabeza a José Tomás Zambrano Molina como presidente de ese poder del Estado   ha tomado la decisión de suprimir -por su manifiesta como deliberada inacción- la utilización de la pizarra electrónica de votaciones, que por muchos años facilitaba identificar a los diputados quienes, con sus aciertos y desaciertos al votar, definen el destino de la nación.

El artículo 68 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo establece, categóricamente, que “las votaciones se efectúan por medios electrónicos o levantando la mano”.  Esa disposición dentro de esa Ley, sin lugar a duda, contempla la ineludible condición de contar con esas dos necesarias opciones para determinar el proceso de votación en el Congreso; de tal suerte que, ignorar el requerimiento de la habilitación y disponibilidad de la pizarra electrónica que impone este artículo -desde quienes tienen la responsabilidad en el ejercicio de la administración del Congreso Nacional- no es otra cosa que boicotear la transparencia necesaria para que los procesos de votación nos deje satisfechos sobre la legitimidad de las tomas de decisiones en ese poder del Estado.

Ha sido ampliamente difundido, como igualmente repudiado, que desde el Congreso Nacional se hayan erogado este año más de 37 millones de lempiras, para mediáticamente levantarle el perfil político presidencialista a Tomás Zambrano, en su prematuro proyecto personal con miras a las elecciones generales de 2029.  Es totalmente abominable que, cuando hay crisis y conflictos de gobernanza al no atender las verdaderas necesidades de la colectividad (relegadas por el actual gobierno) se esté abusando de los escasos recursos del pueblo tras el ventajismo político que da el ser gobierno. Y si en el Congreso se es capaz de destinar 37 millones de lempiras para levantar el perfil político electorero de su actual presidente… ¿por qué no hacer el debido sacrificio para habilitar una nueva pizarra electrónica impuesta por su Ley Orgánica, y que lo demanda la imperiosa necesidad de volver -o al menos aparentar volver- trasparente con su voto las decisiones de los “representantes del pueblo”? Inclusive creemos que desde organismos internacionales, como la OEA o la ONU -en pro de la democracia universal- se podría obtener la colaboración a solicitar para adquirir hasta su funcionamiento la pizarra electrónica que actualmente se niega desde la actual administración del Congreso Nacional.

Cuando en algunas participaciones en el hemiciclo legislativo se le recuerda y se le reclama al presidente el funcionamiento de la pizarra electrónica, indispensable para transparentar los rescoldos de democracia que nos ofrecen los políticos, Zambrano sólo ofrece excusas sin pasar de ello.

Al contemplar la Ley Orgánica del Poder Legislativo el ejercicio del voto electrónico, ello no es un puro romanticismo comprendido en el ya referido artículo 68 de la Ley.  Esa disposición debe ser de estricta observancia por parte del cuerpo legislativo y de ineludible responsabilidad para quien, desde la presidencia del Congreso Nacional, encabeza la Junta Directiva de ese poder del Estado.  José Tomás Zambrano Molina debe impregnarle al pueblo la sensación que es un personaje distinto de lo que fue en el pasado: como cuando  el 12 de diciembre de 2012 votó por la destitución ilegal de cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional de aquella época… como cuando con su voto entre 2012-2013 violó la Constitución imponiéndonos las Zede como otro Estado dentro de nuestro Estado… como cuando con otros diputados, mediante un aparente recurso de inconstitucionalidad,  promovió la inconstitucional reelección presidencial, para que su partido político usurpara en 2018-2022 la presidencia de la República y  con consecuencias funestas para el Estado y para las nación a lo interno y ante el mundo… como cuando en su ocasión votó por la ilegal elección de Oscar Fernando Chinchilla Banegas como Fiscal General de la República… como cuando voto a favor del Decreto 116-2019 con el que se santificó impunemente reformas presupuestarias para facilitar y habilitar el saqueo a las arcas del Estado… como cuando inclusive se involucró en lo que al final se admitió como “fe de erratas” liberándose con ello de un proceso judicial instruido en su contra…

Decimos lo anterior porque, con sus excusas para no restituir el funcionamiento de la pizarra electrónica -válida reclamación desde el hemiciclo y desde el pueblo- tan sólo nos hace pensar que el presidente del Congreso Nacional: o está pretendiendo para su beneficio e interés personal manipular el ejercicio de las votaciones del Pleno, o está atendiendo obedientemente los intereses y dictados de su partido político… no hay otra cosa distinta qué pensar.

Que desde los medios de comunicación social -entre sus propietarios y colaboradores directos e inmediatos- se insista sistemáticamente para que José Tomás Zambrano Molina y la Junta Directiva que él preside tomen la decisión de escuchar al Pleno y al pueblo, e igualmente se sometan a lo que dispone el artículo 68 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, instalando de una vez y haciendo funcionar la pizarra electrónica; parando con ello la manipulación de los procesos de votación en ese poder del Estado.

Si se pretende insistirnos en que debamos digerir que en el actual cuatrienio el Congreso Nacional se legisla con verdadera transparencia, que se demuestre poniendo a funcionar la pizarra electrónica.

El guante ya está tirado… que lo recoja Tomás.

Octubre 18 de 2026

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