EL DIALOGO POLITICO Y LA INTERVENCION AL R.N.P.

(Este artículo fue rechazado en El Heraldo el 26/10/2018)

Desde que se instalaron las mesas técnicas de trabajo en el Diálogo Político, poco o casi nada se ha avanzado en los logros esperados, y estamos casi concluyendo el tiempo que le fue programado.

Dentro del trabajo de las mesas se introdujeron numerosos sub-temas que de abordarse absorberían considerable tiempo, amén que gran parte de ellos en nada tienen que ver con las crisis generada a partir de noviembre de 2017, estando totalmente alejados de la finalidad del Diálogo y por consiguiente sin crear expectativas en relación al esfuerzo que desde Naciones Unidas se viene realizando para contribuir a los logros sustanciosos del mismo.

Tanto el documento “Compromiso por Honduras” como el Decreto Ejecutivo publicado en La Gaceta dejaban más que claro que de los trabajos a realizarse dentro del Diálogo, los que alcanzaran el consenso entre las fuerzas políticas tendrían efecto vinculante ante el Congreso Nacional. Igualmente se generó compromiso de dos de las tres mayoritarias bancadas parlamentarias, en el sentido que al momento de llevarse a debate los temas consensuados en el Diálogo se les daría la vinculación debida, de tal suerte que lo que se llegara a aprobar en el Congreso Nacional  sería producto derivado de los grandes acuerdos dentro del Diálogo.

Repentinamente todo tomó un giro distinto con la decisión parlamentaria del nombramiento de la Comisión Interventora del Registro Nacional de las Personas (RNP).  Ese tema del RNP fue uno de los acordados por la Comisión Política del Diálogo con participación del Partido Nacional y el Gobierno. Era de esperarse entonces que, cualquier debate y decisión dentro del Congreso Nacional sobre el RNP debería esperar el resultado que de este tema surgiera del Diálogo.

Sin embargo todo se manejó velozmente en el Congreso. En una de las mesas del Diálogo la representación del Partido Nacional propuso que para que trascendiera que ya estaba saliendo producto del Diálogo, se le enviara una nota al Congreso Nacional instándole a que a la brevedad se nombrara la Comisión Interventora del RNP, atreviéndose a sugerir que esa medida debería tomarse dentro de un máximo de diez días. Simultáneamente habiendo llegado a las mesas un ex funcionario del RNP, que a su vez es vocero mediático del Partido Nacional, a hacer una exposición sobre dicha institución y cuya presentación debemos reconocer que fue técnica, ya para finalizar la misma insistió por cinco veces en que “si son buenos hondureños deben mandar esa nota al Congreso para que de inmediato nombre la Comisión Interventora”.

Allí, y tras esa participación, se llegó a comprender que el motivo de la nota era una intención política del partido de gobierno en el Congreso Nacional, y que desde la Cámara querían curarse en salud haciéndole creer a la nación que el nombramiento apresurado de la Comisión Interventora obedecería a una exigencia del “Diálogo” a lo que se veían obligados a atender.  Como la nota nunca salió, simplemente el Congreso tomó la decisión que ya tenía en la manga de la camisa, aventándose sin el paracaídas que esperaba desde el “Diálogo”.

El artículo 205 constitucional que define expresamente las atribuciones del Congreso Nacional, en ningún momento le señala la de nombrar comisiones interventoras. El numeral 21 dentro de este artículo solamente le faculta al nombramiento de comisiones especiales de investigación, jamás interventoras. Consecuentemente el decreto legislativo que nombra la Comisión Interventora del RNP es un decreto totalmente inconstitucional. Y la acción tomada, como otras que ya se están mencionando, se encaminó a torpedear el Diálogo Político y con ello dejar estancada y sin resolver la crisis de noviembre de 2017.

UN INCONSTITUCIONAL T.S.E.

(Este artículo fue rechazado en El Heraldo el 20/10/2018)

En Honduras, lamentablemente para la democracia y para la juventud, todo pasa sin que pase nada.  Acá se dan los casos más insólitos en la conducción de la vida política de la nación y pareciera que todos nos encaminamos y adaptamos a esa situación

Desde la materialización de la estrategia diseñada y dirigida en 2012 por el Partido Nacional y particularmente por el actual Jefe de facto del Ejecutivo, con la defenestración de cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional para ser sustituidos por quienes tuvieron como encargo recetarnos una sentencia ilegal por inconstitucional, todo ha seguido su curso pese a la oposición de quienes respetuosos y defensores de nuestra Constitución luchamos para que no se nos impusiera un “presidente” proscrito por nuestra Carta Magna, y continuamos luchando para que el actual jefe de facto del Ejecutivo sea separado del cargo que ilegalmente ocupa, por haber roto el orden constitucional y enterrado el estado de derecho en nuestra nación.

Todo ese proceso electoral que nos ha dado como producto lo que actualmente se nos ha impuesto, pasó bajo la responsabilidad de quienes se desempeñaron y siguen desempeñándose inconstitucionalmente como magistrados del Tribunal Supremo Electoral; con lo que todo su actuar ha sido nulo de toda nulidad, y continuará siéndolo mientras permanezcan en sus cargos.

Durante el cuatrienio parlamentario 2010-2014, el 6 de septiembre de 2013 mediante Decreto Legislativo 210-2013, publicado en La Gaceta del 2 de octubre de 2013, se dispuso que las sesiones ordinarias del Congreso Nacional fueran prorrogadas hasta el 19 de enero de 2014. En esa fecha, por lo tanto, finalizaría concurrentemente la última legislatura y el cuatrienio mismo 2010-2014.  El nuevo cuatrienio, con la nueva conformación del Congreso Nacional que estrenaría a los nuevas fuerzas parlamentarias de Libre y Pac empezaría su período de sesiones ordinarias el 25 de enero de 2014, teniendo una sesión previa el 21 de enero para elegir su nueva Junta Directiva; de tal suerte que 20 de enero de 2014 fue un día sin existencia parlamentaria, constitucionalmente hablando.

No obstante lo anterior, el 20 de enero de 2014 aparecieron 67 decretos legislativos con esa fecha muerta, entre los cuales está el Decreto 323-2013 contentivo del nombramiento de los señores David Andrés Matamoros Batson, José Saúl Escobar Andrade y Erick Mauricio Rodríguez Gavarrete como magistrados propietarios y Marcos Ramiro Lobo Rosales como magistrado suplente; todos del Tribunal Supremo Electoral. Ese nombramiento de los actuales magistrados del TSE fue producto de un decreto legislativo en una fecha (20/1/2014) cuando el Congreso Nacional estaba constitucionalmente disuelto por ya estar clausurado su cuatrienio anterior y por no haberse inaugurado su nuevo cuatrienio.

Esa magistratura actual del TSE es una magistratura ilegal por inconstitucional, pero sigue en funciones y llevando a cabo actuaciones que son jurídicamente nulas. Pero, como dijimos al principio, en nuestro país todo pasa sin que pase nada.  Esta ilegalidad en la conformación del TSE no es desconocida por nadie: lo sabe el jefe de facto del Ejecutivo a quien le conviene que así siga porque gracias a ello está ostentando ilegalmente la titularidad del Ejecutivo; lo saben en el Congreso Nacional y no les ha interesado en lo mínimo revertir este inconstitucional funcionamiento del TSE, lo saben en la Corte Suprema de Justicia que tiene un recurso sin resolver contra ese nombramiento; lo saben los medios de comunicación que se mantienen silenciosos y silenciados ante ese hecho; lo sabe la comunidad internacional que nada ignora sobre la ruptura del orden constitucional y el entierro del estado de derecho en nuestro país; lo sabemos todos los ciudadanos que poco o nada hacemos por devolverle el orden constitucional a nuestra patria…Ese TSE está inconstitucionalmente conformado, por tanto está de facto.