(Melvin López Herrera)
A pocos días del campanazo final -este 30 de noviembre- cuando nos enfrentaremos a decidir nuestro propio destino entre un nuevo amanecer o venideros tenebrosos nubarrones, se está dejando entrever el accionar de nuestros políticos -¿serán nuestros!!!?- en su afán de agenciarse a toda costa la victoria que les podría hacer disfrutar de las mieles del poder en este nuevo cuatrienio. La gran mayoría con la obsesión de asir, recuperar o retener la tan atractiva “piñata de la democracia”.
Mientras en este proceso estamos quienes pensamos todavía -y hasta con ánimo de resignación- que la democracia es el menos imperfecto sistema que nos permite “ejercer” nuestra soberana voluntad electoral; del otro lado de la media cancha están quienes, sin importarles sus efectos, entre habilidades y torpezas nos exhiben su perfil de lo que actualmente son (y que quizá un día no lo fueron); y todo por su afán desmedido de alcanzar esa piñata… al grado de no importarles atravesarse por el proceso electoral mismo, con tal de lograr su objetivo que nunca será un objetivo de nación.
Inevitable como obligadamente nos habremos de referir a algunos sucesos puntuales que están ocurriendo en esta segunda etapa con la integración de las planillas electorales a conformarse para el proceso del 30 de noviembre. Nuestra Ley Electoral de Honduras es muy clara y terminante en cuanto a que dispone en su artículo 115 numeral 10…que los partidos políticos tienen prohibido “inscribir como candidatos a cualquier cargo de elección popular para las elecciones generales a personas que hayan participado en otro partido, o en el mismo proceso electoral”. Lo anterior muy bien digerido no nos dice otra cosa que: no pueden participar como candidatos en las elecciones generales, aquellas personas que hayan participado en el mismo período -en las elecciones primarias- sean del mismo partido o de otro.
Actualmente, con respecto a esa prohibición, se encuentra en debate (y entorpeciendo la ininterrumpida ejecución que debe observar el calendario electoral) el caso del ciudadano Jorge Luis Calix Espinal, quien pretende ser inscrito dentro de la planilla electoral parlamentaria del Partido Liberal y por el departamento de Olancho. Realmente, nos sorprende hasta el escándalo la posición de tal partido político con esa pretensión institucional ante el Consejo Nacional Electoral (CNE); pero mucho más, nos deja perplejos la actual metamorfosis que en su personalidad sentimos está dejando observar dicho candidato, quien en el pasado y hasta hace más cuatro años nos hacía reconocer en su perfil de esa época, al ciudadano lanzado a la política con una nueva mentalidad, diferente a los políticos tradicionales.
Siendo abogado Jorge Calix, no debería auto confundirse en cuanto a la verdadera disposición prohibitiva del 115 numeral 10 de la ley electoral que abarca a vecinos y no vecinos de cualquier departamento y del mismo u otro partido, que hayan participado en las primarias en el proceso electoral en curso. Luego, la pretensión de que por poseer un bien inmueble en determinado departamento le haga suponer vecino del mismo… eso ninguna persona imbuida de cualquier grado de torpeza mental se lo creería. Algo más… tenemos conocimiento de abundantes accionares profesionales del señor Calix en materia administrativa y jurisdiccional. Nos sentimos más que seguros que el abogado Calix al manifestar sus generales identificatorias en sus escritos se ha identificado como vecino de este Distrito Central.
Esperamos que en el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) no se torcerá la aplicación de la Ley dándole vuelta a la resolución del C.N.E. Y esperamos también que en el TJE no se propongan dilatarse en el cumplimiento de su deber dentro del ejercicio de sus funciones.
Octubre 19, 2025