(1) LA VIL SENTENCIA DE 2015.  ¿SE LE MANTENDRÁ … POR QUÉ?

(Melvin López Herrera)

“EL TRISTE RUMBO QUE SE LE IMPUSO A HONDURAS”

Todos habremos de recordar la famosa sentencia del 22 de abril de 2015 -en este día van ya nueve años- emitida por una nefasta Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia del período 2009 – 2016; donde sus integrantes autores fueron los que impuso Juan Orlando Hernández Alvarado aquella noche/madrugada totalmente oscura del  12 de diciembre de 2012, donde él como presidente del Congreso Nacional a esas alturas del reloj anunció: “ya contamos con 112 votos”… y reanudó la suspendida sesión de esa fecha tan sólo para destituir inconstitucionalmente a cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional; y con ello poner en marcha su agenda personal que entre otras cosas condujo a la hipoteca de nuestro territorio nacional con la creación inconstitucional de las Zede más su proyecto de relección inconstitucional con el que usurpó la presidencia de la República; contando para ello, en ese operativo, con el apoyo de su partido político y sus diputados en el Congreso, más la complicidad de la oposición parlamentaria del momento que vendió su conciencia por más de “treinta monedas”.

Todo nace con la inconstitucional defenestración de cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional que fueron inconstitucionalmente sustituidos por quienes se encargarían de emitir esa ilegal sentencia.  Esa destitución todavía ahora está dejando marcas con fuertes huellas, hasta en la economía de la nación tras la condena al país por la Corte Interamericana de Derechos Humanos imponiendo al Estado de Honduras la debida indemnización a favor de los destituidos.

Mucho se ha hablado de esa sentencia que fue emitida inconstitucionalmente con la que se auto justificó a lo interno un Tribunal Supremo Electoral (TSE) para inscribir ilegalmente en las primarias de 2017 a Juan Orlando, permitiéndole transitar ilegalmente por el proceso electoral de esa época y al final ilegalmente declararlo presidente electo. Todo ello desde luego contó con la indiscutible complicidad de toda la Corte Suprema de Justicia en la magistratura que fungió en el período 2016 -2023, de la Fiscalía General de la Republica, de las Fuerzas Armadas de Honduras, donde ninguno hizo lo que mandaba la Constitución para frenar la usurpación presidencial del cuatrienio anterior; complicidad en la que también se involucraron medios de comunicación y dentro de ellos los periodistas a su servicio, que castraron individual y colegiadamente su voz de protesta ciudadana; sin ignorar dese luego el triste papel inerte de un Colegio de Abogados llamado al silencio cuando más urgido debió sentirse en dar la cara para defender la Constitución y el estado de derecho.

Y de una manera más que evidente, esa usurpación contó con el aval y bendición del gobierno americano por medio de la encargada de negocios en su embajada quien manejándose como la emperatriz del TSE, donde sus autoridades se convirtieron en sus súbditos, terminó dando el visto bueno al mecanismo técnico del fraude electoral; siendo su gobierno el primero en reconocer al usurpador, facilitando con ello que se consumaran la violación a la Constitución y el fraude electoral que se nos impuso en el proceso eleccionario, tras el cual el Partido Nacional se instaló como gobierno de facto teniendo a la cabeza a quien ahora está rindiendo cuentas ante la justicia americana por hechos ya de todos conocidos.

Pareciera que todos esos hechos del origen y desenlace de la usurpación presidencial, sucedidos en forma concatenada estuvieran quedando tan solo como un capítulo más escrito en la triste historia política de nuestra nación; donde ya todo quedó en piedra pero sin preocuparnos en lo mínimo del hecho de que aún existe esa vil sentencia de 2015 sobre la que actualmente ni la Fiscalía General de la República ni la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia han dispuesto asumir el mandato que les impone el artículo 375 constitucional para sanear en la Constitución el daño que la referida sentencia de 2015 le ocasionó y sigue ocasionándole con el giro político que tomó el triste rumbo de la nación.

¿Qué reza ese artículo 375 constitucional?: “Esta Constitución no pierde su vigencia ni deja de cumplirse por acto de fuerza o cuando fuere supuestamente derogada o modificada por cualquier otro medio y procedimiento distinto del que ella misma dispone. En estos casos, todo ciudadano investido o no de autoridad tiene el deber de colaborar en el mantenimiento o restablecimiento de su efectiva vigencia”.  ¿Cuál fue la promesa de ley que, al tenor del artículo 322 constitucional, prestaron las actuales autoridades del Ministerio Público y la Corte Suprema de Justicia?: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”.

¿Cuál es entonces el propósito de ese estado amnésico, cataléptico e inerte en esas autoridades al mantener con vida esa vil sentencia de 2015 con la que se facilitó la usurpación presidencial en 2018 olvidándose del mandato que el artículo 375 constitucional les impone?. Sólo ellos saben su inconfesable propósito.

Abril 22 de 2024

(Continuará)

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