(Melvin López Herrera)
Con frecuencia leemos y escuchamos por los diferentes medios de comunicación social la referencia que se hace a la “nueva” Corte Suprema de Justicia; cuando esa Corte Institucionalmente hablando ha sido y será la misma dentro del Poder Judicial. A lo que sí puede dársele el calificativo de “nueva” es a la conformación de los magistrados de la Corte Suprema que cada siete años son elegidos por el Congreso Nacional de una nómina de cuarenta y cinco notarios seleccionados por la Junta Nominadora para que aquel Poder del Estado -de esa nómina- elija los quince que conformarán la magistratura que fungirá durante los siete años que dispone nuestra Constitución.
Así al referirnos a la “nueva Corte”, pensando en la nueva integración de la misma, no tan sólo lo hacemos identificando a las nuevas caras que conforman la nueva magistratura; sino también esperando una “nueva imagen” a encontrar en quienes asumen la responsabilidad de desempeñar sus funciones con estricto apego a su promesa de ley. “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”.
Después de haber transcurrido dos largos como eternos períodos constitucionales donde la Corte Suprema de Justicia por medio de sus magistrados del momento nos dejó un triste sinsabor en la administración de la justicia en nuestro suelo patrio hasta desgarrarle a nuestra Constitución su manto incólume… en donde su magistratura fue secuestrada por el poder político del momento… donde en un abrupto golpe institucional hubo una inconstitucional remoción de una Sala para imponer los intereses políticos de quienes hacían gobierno por esa época… intereses con los que en su más alta expresión se materializó la más flagrante violación a la Carta Magna con la venta de nuestro territorio, la hipoteca de nuestra soberanía nacional, la usurpación a la presidencia de la República, el fortalecimiento a la impunidad y tantos otros atropellos a la democracia, al Estado de derecho, a la seguridad jurídica y muchas otras cosas más; después de todo ello -repetimos- nos quedaban las esperanzadoras elecciones generales de 2021 para alcanzar el rescate de la nación, con lo que se recuperaría la confianza en el Estado y sus instituciones.
Al asumir la nueva magistratura de la Corte Suprema de Justicia, sentimos que lo primero que debieron hacer sus magistrados tras prestar su promesa de ley fue imponerse el imperioso mandato del artículo 375 constitucional: el restablecimiento de la vigencia efectiva de la Constitución, que le fue cercenada con la ilegal sentencia del 22 de abril de 2015 la que fue dictada con el único ánimo de facilitarle a Juan Orlando (quien tenía secuestrada la institucionalidad del Estado) su proyecto de usurpar la Presidencia de la República con su ilegal reelección.
Ese artículo 375, que fue una inspiración de los constituyentes, no es un “texto lírico y romántico” contenido en nuestra Carta Magna… es la herramienta del noble guerrero revestido de amor patrio, de la dignidad política y democrática que debe encarnar todo ciudadano; y con mayor exigencia cuando revestido de la autoridad que le da la Constitución y las leyes le es imperdonable -sobre todo como magistrado de la Corte Suprema de Justicia en este caso particular- ignorar esa ineludible responsabilidad que está obligado a asumir desde que aceptó el cargo para cuyo ejercicio fue electo. Un año ya y la nueva magistratura de la C.S.J. se ha desentendido de ese mandato, como si tal conducta observada hasta ahora les fotografiara como una calca de quienes les precedieron en los períodos anteriores, o como un presagio de que la ilegal sentencia se le mantiene con algún inconfesable propósito para cualquier momento, sobre todo asociando tal situación con algunas iniciativas que recientemente han surgido dentro del Congreso Nacional.
Igualmente, como una calca de sus antecesores, esta “nueva magistratura” apartándose de su debido deber constitucional mantuvo y mantiene hasta ahora engavetados dos o tres recursos de amparo oportunamente presentados ante la Sala de lo Constitucional y contra la decisión de la Junta de Proponentes de algunas exclusiones que hizo en el proceso de selección para participar en la elección que el Congreso Nacional haría para los cargos de Fiscal General y Adjunto en el Ministerio Público. Solo admitieron los recursos sin cursarles el trámite de ley. Es triste recordar que lo mismo sucedió con la Sala anterior con respecto a los recursos de amparo oportunamente introducidos contra la ilegal declaratoria de “presidente electo” que a favor de Juan Orlando hizo el Tribunal Supremo Electoral tras el proceso electoral de 2017… se engavetaron aquellos recursos favoreciendo la usurpación presidencial.
Actualmente ha acontecido que en las rotaciones anuales de quienes presiden o coordinan las diferentes salas de la C.S.J. esta vez la rotación se ha alejado de lo que establece el Reglamento Interior de la C.S.J. cuya última modificación se realizó en febrero de 2023, aprobado por el actual Pleno y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en su edición del 17 de febrero del año pasado, mediante el cual se obliga a una rotación en la presidencia o coordinación de las salas, respetando el orden de precedencia en que los magistrados fueron electos por el Congreso Nacional. Y nos preguntamos: ¿cómo se puede justificar el incumplimiento de lo que dispone dicho Reglamento con respecto a esas rotaciones anuales?… ¿con que propósito esa rotación materializada se ha apartado de lo que manda el referido Reglamento?… ¿qué imagen a la nación y al mundo exterior se estará proyectando con esa decisión tomada?… ¿por qué no se cumplió previamente con la reforma legal al Reglamento tal como lo manda ese instrumento jurídico en el último párrafo de su artículo 16 que impone una calificación de 3/4 de los votos del Pleno para su modificación con respecto a como rige actualmente?
Realmente sentimos que ya en el poder, quienes tienen su turno en la conducción de las cosas de Estado no hacen la diferencia respecto a sus antecesores; y que esta “nueva” magistratura de la C.S.J. es nueva en la identidad de sus miembros, pero nunca en la imagen que desde ese Poder del Estado se debe proyectar a propios y extraños… imagen que debería ser no es otra cosa que la vigencia de un verdadero Estado de derecho y de la debida seguridad jurídica que debe prevalecer para bien de la nación entera.
Es de suma preocupación que desde el Poder Judicial, donde se tiene la responsabilidad de ejercer una intachable administración de justicia que implica el respetar, resguardar y hacer respetar la Constitución y las leyes, se perfile en la actualidad una Corte Suprema de Justicia con la misma imagen de las anteriores magistraturas que ya escribieron su triste como ominosa historia al pasar por ese Poder del Estado. Y dentro ese rostro de la nueva magistratura resaltará el de la persona que preside constitucionalmente ese Poder.
Febrero 16, 2024