(Melvin López Herrera)
A esta fecha han transcurrido seis meses desde que tomó posesión de sus cargos la nueva magistratura que integra la actual Corte Suprema de Justicia. Fueron grandes las expectativas que se creó la nación con el cambio que, por ley y por clamor popular, se esperaba después de siete largo años en que el Poder Judicial en su cabeza fue impuesto por quien tenía sometida para sí la institucionalidad en nuestro país.
Con los inevitables movimientos en el ajedrez político que desde el Congreso Nacional se maneja para elecciones de segundo grado, debemos reconocer la labor desempeñada por la Junta Nominadora que se encargó de presentar 45 notarios seleccionados de un proceso que fue considerado el mejor entre todos los hasta ahora realizados.
Ya elegidos y juramentados los nuevos 15 magistrados que ahora integran la Suprema, creímos que de entrada tomarían bajo su responsabilidad la ineludible tarea de devolverle a la Constitución lo que se le cercenó con la ilegal sentencia del 22 de abril de 2015 proferida por una Sala de lo Constitucional que impunemente sancionó con la figura de la “inaplicabilidad” (que sólo corresponde a recursos de amparo) a algunos artículos -la mayoría pétreos- cuando resolvió dos recursos de “inconstitucionalidad”, tan solo para obedecer el mandato de quién tenía en su proyecto personal usurpar la presidencia de la República quedándose de facto por cuatro años más, con las graves consecuencias para la democracia y para la nación entera.
El 9 de noviembre de 2016, mientras el usurpador utilizaba un programa noticioso que se le puso a su disposición para anunciar su inconstitucional proyecto reeleccionista, un grupo de ciudadanos introdujimos a la anterior Sala de lo Constitucional una acción para que preventivamente se anulara esa sentencia de 2015 y con ello evitar que avanzara el asalto que el partido Nacional propició con el lanzamiento del usurpador a la contienda electoral de 2017. La Sala de ese momento declaró inadmisible la acción incoada sosteniendo, contra lo que dispone el artículo 375 constitucional, que quienes promovían esa acción no estábamos legitimados para ello por corresponderle al Comisionado Nacional de los Derechos Humanos o a la Fiscalía General de la República. Ignoró la Sala que ese artículo 375 constitucional manda que “todo ciudadano investido o no de autoridad tiene el deber de colaborar en el mantenimiento o restablecimiento de su efectiva vigencia” contra una reforma ilegal de la Constitución misma como ocurrió con la sentencia de 2015. Y ese mandato abarcaba por sobre todo a la misma Sala.
Ahora creímos que al asumir sus cargos la nueva magistratura de la Corte Suprema de Justicia se habría impuesto la tarea que conforme al artículo 119 de la Ley Sobre Justicia Constitucional y en sometimiento a los artículos 373, 374 y 375 constitucionales le corresponde, devolviendo a la Carta Magna los artículos que le fueron ilegalmente declarados “inaplicables” en aquella temporada oscura del Poder Judicial desde su cúspide. Al tomárseles la promesa de ley a los nuevos magistrados, previo a dejarles en posesión de sus cargos prometieron “ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”; pero…
Ahora la Corte Suprema de Justicia mediante la Sala de lo Constitucional tiene el desafío de resolver oportunamente los recursos de amparo admitidos a los postulantes que fueron retirados, por la Junta Proponente, del proceso de selección de aspirantes a los cargos en el Ministerio Público para autoridades máximas que serán elegidas por el Congreso Nacional. No se esperaría que la actual Sala engavetara esos recursos, repitiendo la triste como dañina actuación de la Sala anterior contra los recursos de amparo de aquella época introducidos para revertir la declaratoria de “presidente electo” que ilegalmente pronunció el fenecido Tribunal Supremo Electoral”.
Estamos por ver en qué se diferencia de la anterior la actual magistratura de la Corte Suprema de Justicia, o si por el contrario es una réplica de aquella. Estamos a la expectativa si cumplirán la Constitución y las leyes o se plegarán a dictados oscuros que podrían imponérseles en busca de intereses también oscuros que destruyen la democracia y que afectan irreversiblemente a la nación a lo interior y a al país ante el mundo exterior.
La Sala de lo Constitucional y el Pleno subsidiariamente tienen la gran oportunidad de demostrarle a la nación que han merecido que el pueblo en elecciones de segundo grado les haya permitido ocupar sus asientos actuales en la Corte Suprema de Justicia. Todavía no se ha llegado al término para la elección que a fin de mes desde el Congreso nos dará las nuevas autoridades en el Ministerio Público. El Poder Judicial nos demostrará que estamos recuperando el verdadero estado de derecho que nos fue arrebatado con la dictadura que ilegalmente nos gobernó.
Agosto 16 de 2023