¿SE REINICIARÁN EN LA NORMALIDAD ESPERADA LAS SESIONES ORDINARIAS DEL CONGRESO NACIONAL?

(Melvin López Herrera)

Ya está por finalizar el período de actual receso del Congreso Nacional. Consecuentemente a partir del mes de julio se reiniciarán la sesiones ordinarias constitucionalmente establecidas del 25 de enero al 31 de octubre de cada año, pudiendo ser prorrogadas por el resto del tiempo en cada legislatura.

Debemos recordar que en la última sesión ordinaria, antes de entrar al receso de junio, se aprobó la incorporación de Honduras a la “Corporación Andina de Financiamiento”  (CAF), también conocida como “Banco de Desarrollo de América Latina”. Tal incorporación fue aprobada con 66 votos de los parlamentarios; con lo que ese proyecto de ley ya discutido y aprobado debió ser enviado al Ejecutivo (artículo 215 constitucional) dentro de los tres días siguientes a su aprobación, “a fin de que éste le dé su sanción en su caso y lo haga promulgar como ley”.

La Ley Orgánica del Poder Legislativo en su título VI (De las sesiones y debates) contiene el artículo 72 que en su segundo párrafo establece que la votación de todo proyecto, sometido parcial o totalmente, se hará en una sola vez; por lo que habiendo sido ya votado y aprobado el proyecto de la Incorporación de Honduras a la CAF no queda más que su envío como Decreto al Ejecutivo, para darle cumplimiento al artículo 215 constitucional.

De acuerdo con lo dispuestos en los artículos revisados en los párrafos anteriores, el Decreto Legislativo que aprobó la incorporación de Honduras a la CAF no tiene vuelta de reconsideración alguna. Es un proyecto ya aprobado que no le queda más curso que la sanción del Ejecutivo o su caso el veto como facultades exclusivas de ese Poder del Estado que en ningún momento puede ser asumida por el Legislativo.

Ahora con la reiniciación de las sesiones ordinarias del Congreso Nacional, éstas deberán desarrollarse con el esquema que, aunque no considerado en la Carta Magna, lo dispone el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en cuanto a que la agenda de cada sesión deberá comprender la lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, la que sólo admitirá reconsideración  para enmiendas en cuanto a la verdad de los hechos y correcciones por redacción (así lo establece el referido artículo). En consecuencia, si el acta que contiene el desarrollo de la sesión donde se aprobó la incorporación a la CAF refleja la discusión y aprobación -mediante la votación- de tal incorporación como un hecho real o verdadero… todo deberá conducir a la inobjetable aprobación de la misma y sin dilación.

Debemos tener muy en claro que una cosa es un proyecto de ley constituido en Decreto que por disposición constitucional después de aprobado, tal como efectivamente  sucedió en este caso, debe pasar al Ejecutivo para su sanción o eventual veto; y otra cosa es la aprobación de las actas de las sesiones del Poder Legislativo. Y que dichas actas “antes de ser aprobadas” pueden ser solamente reconsideradas para enmendarse cuando los hechos que contengan o relaten no sean hechos verdaderos (que no es el caso actual); es decir cuando contenga relación de hechos inexistentes, falsos o distorsionados; y en su caso cuando requieran correcciones de redacción.  No hay ninguna otra vía por la cual el acta en polémica deba dejarse de aprobar.

Cualquier pretensión de oponerse a la aprobación del acta en polémica, con el solo objetivo de revertir una votación que no admite repetición, es salirse de las consideraciones válidas establecidas en el artículo 61 párrafo segundo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y obstruir el proceso de sanción o eventual veto como facultades exclusivas del Presidente de la Republica otorgadas en nuestra Constitución.

Confiamos que una vez retomadas las sesiones ordinarias del Congreso Nacional éstas vuelvan a su curso normal para asumir tareas impostergables en el mismo; y que se desista de la aberrante pretensión de revertir una votación ya firme por haberse consumado en el único momento constitucional que se da para todo proyecto que se discute en el pleno del Congreso.

Junio 29 de 2023

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