(Melvin López Herrera)
Posiblemente por la lectura del título de este artículo se pensará que es un tema fuera de circulación, ya agotado, etc. La verdad, como bien decía don José de la Paz Herrera: “nunca se sabe”. Por eso es bueno que, en una actitud preventiva, todos lo que amamos a nuestra Patria no lo ignoremos pues, alguna indebida indiferencia nuestra nos podría pasar nuevamente factura y con un costo mayor. Nunca dejemos de tener en cuenta los artículos constitucionales 4 párrafo segundo, 240 numeral 3 y 272 párrafo segundo.
El primero de ellos (4 párrafo segundo) establece como obligatoria la alternabilidad -o «alternancia» según la Real Academia Española- en el ejercicio de la Presidencia de la República; que no es otra cosa que cada cuatro años debe elegirse un presidente distinto de quien esté ocupando la silla presidencial. Dentro de la perversidad que sostuvieron los usurpadores nacionalistas, con Juan Orlando a la cabeza, se ofendió la inteligencia del pueblo diciendo que significaba que cada cuatro años debería haber elecciones generales para nombrar “presidente”; es decir que hacían énfasis en la materialización de un período eleccionario y no en la persona que en forma obligada debería vacar en el cargo. Y de ello hay históricos vídeos que retratan de cuerpo entero (de cara entera) a quienes mantenían esa perversa e inconstitucional tesis.
El segundo (el 240 numeral 3) establece que no pueden ser elegidos Presidente: los jefes superiores de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los Cuerpos de Seguridad del Estado. Ello indudablemente para evitar y no permitir que desde el poder de las armas y el control armado de la seguridad del Estado se pretendiera retener el Poder no permitido conforme a lo que impone el anterior artículo constitucional, y que bota la tesis de los perversos usurpadores ya señalados.
El tercero (el 272 párrafo segundo) le señala de una manera ineludible a las Fuerzas Armadas, bajo la responsabilidad de los integrantes del Estado Mayor Conjunto, el mandato efectivo de asegurar la “alternabilidad” en el ejercicio de la Presidencia de la República; con el único fin de impedir constitucionalmente la retención y usurpación del Poder desde el poder mismo; mandato directo sobre lo que no es necesario orden o mandamiento judicial.
Pese a que esos artículos constitucionales no fueron inconstitucionalmente mutilados por la inconstitucional como también perversa sentencia de 2015 de la igualmente perversa Sala de lo Constitucional de es época, pues nunca fueron inconstitucionalmente declarados “inaplicables” en dicha sentencia, los USURPADORES -autores y cómplices del delito imprescriptible de traición a la Patria- contaminando nocivamente las diversas instituciones del Estado, impusieron su abierta violación a la Constitución de la República para que Juan Orlando con el respaldo de su séquito cómplice se volviera a sentar inconstitucionalmente en la silla presidencial usurpando ese cargo.
Dentro de esa complicidad institucionalizada no nos es difícil señalar a los siguientes: La CSJ por medio de su Sala de lo Constitucional de aquella época al haberse prestado a germinar la semilla del quebrantamiento al orden constitucional violando la Constitución de la República. La Fiscalía General de la República y el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos por haberse mantenido (y continuar manteniéndose) inertes ante el mandato constitucional que conforme al artículo 375 les ordena accionar para el mantenimiento y restablecimiento de la vigencia efectiva de la Constitución, cuando ha sido alterada por un medio inconstitucional como sucedió con la sentencia de 2015. El TSE que admitió la inscripción y posteriormente declaró Presidente electo al actual usurpador de la silla presidencial. El Congreso Nacional, por medio de su Junta Directiva y los diputados que con su presencia asistieron en su momento al Estadio Nacional, y particularmente a su Presidente que con una actitud cómplice y traidora juramentó a quien usurparía la silla presidencial. Las Fuerzas Armadas de Honduras, en las personas de los integrantes de su Estado Mayor Conjunto, que en aquella ocasión no impidieron la usurpadora investidura de quien actualmente nos gobierna de facto, y quienes en la actualidad siguen respaldando con sus declaraciones públicas la vigente usurpación presidencial. La actual CSJ y su Sala de lo Constitucional que continúa manteniendo engavetados y sin resolver los recursos de amparo presentados oportunamente contra la declaratoria ilegal de Presidente electo, y que pudo resolverlos inclusive antes de que se consumara el “hecho usurpador”; y que aún consumado debe resolverlos impostergablemente para hacer cesar la actual usurpación presidencial.
Indudablemente debemos identificar el manifiesto consentimiento indebido de otros, que sin ser los únicos, se llamaron al silencio y en algunos casos han convivido funcionalmente con este régimen usurpador: El empresariado hondureño gremializado que siendo una fuerza de mucho peso no dijo ni pío en aquel momento. Sin embargo reconocemos que recientemente (en la actualidad) ya se ha pronunciado contra la reelección presidencial, expiando su culpa histórica de aquel entonces. De una manera particular la ASJ y el Fonac, en la persona de sus mayores representantes mediáticos quienes sostienen irresponsablemente (aparentando ignorar lo que dispone la actual ley electoral en su artículo 96) que con su participación en el proceso electoral de 2017 la oposición legitimó el proceso que concluyó con la usurpación presidencial; evidenciándose con ello como permanentes incondicionales del actual usurpador. Los comunicadores sociales que se mantuvieron mediáticamente neutrales confrontando para sí su primaria obligación ciudadana de cumplir y hacer cumplir la Constitución, y que no fueron voces de resistencia capaz de surcar inconteniblemente los espacios hercianos hasta llegar a la conciencia del ciudadano más recóndito del territorio nacional.
¿Podríamos pecar de ingenuos y creer que Juan Orlando no buscaría una nueva reelección presidencial? ¿Acaso no es el primer interesado en asegurarse su libertad personal que sólo puede garantizar para sí desde el cargo que usurpa? ¿Fuera del “trono presidencial” no se llevaría de encuentro y dejaría en el abandono a quienes han sido parte de su orquesta aventurera inconstitucional y de otras hazañas? ¿Deberemos necesariamente creer en sus declaraciones públicas al decir que no aspirará a un tercer período, cuando en el pasado tuvo el embuste de sostener lo mismo?. ¿Será acaso que los «abandonados» ya mencionados estarían dispuestos correr el riesgo de quedarse silbando en las lomas?.
Sólo reflexionemos en torno a los siguientes elementos: Juan Orlando deberá ver en lo personal con mayor preocupación las aproximaciones a dejar la silla que usurpa. Juan Orlando ha vuelto mediáticamente y en forma constante a querer levantar el perfil a su supuesta buena gestión como gobernante de facto, y con inconfesables propósitos. Tito Libio Moreno, como Jefe de Estado Mayor Conjunto del las Fuerzas Armadas, irrespetando el mandato constitucional de la apoliticidad y la no deliberancia que se impone a los uniformados armados, ha estado interviniendo mediáticamente avalando y declarándose fiel a la actual usurpación presidencial, casi como convirtiéndose en “vocero” de un eventual relanzamiento a la codiciada silla. La CSJ y su Sala de lo Constitucional que se niegan a resolver los amparos interpuestos el 18 de enero de 2018, y con los que haría cesar la usurpación presidencial. El actual censo electoral que sin haber sido depurado pretende reutilizarse en el nuevo proceso. La habilitación eleccionaria de la actual tarjeta de identidad que fue fraudulentamente manipulada en el pasado proceso, y que amenaza con levantar nuevamente muertos a ejercitar el sufragio. El reciente complot político en el Congreso Nacional cuando el partido de gobierno abortó la aprobación de una nueva ley electoral que, aunque no siendo perfecta, buscaba en cierta medida reducir los grandes riesgos de un proceso electoral contaminado y hasta pervertido, y ahora con mayor intensidad que el anterior. La mayoría mecánica del partido de gobierno el en Congreso Nacional que aprueba lo que como partido político le conviene llegando hasta el soborno y chantaje, y neutraliza lo que le pueda afectar aunque sea en beneficio de la democracia y el rescate y aseguramiento de la institucionalidad. El actual Fiscal General de la República y el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos que siguen mostrándose “intestosterones” ante el mandato del 375 constitucional que les impone accionar para su mantenimiento y el restablecimiento de su vigencia efectiva…. …. etc.
Todo esto debemos tenerlos muy calentito en nuestra mente y nuestro pensamiento como si se tratara de pan recién salido del horno; para evitar una sorpresa como el asalto electoral del proceso anterior. Y es tarea de todos; y de una manera particular (aunque tenga sabor a molestia y hasta ofensa) de los comunicadores sociales, sobre todo los conductores de foros y programas noticiosos, quienes contando irrestrictamente con cámaras y micrófonos 24/7 no deben mantenerse en una equivocada como mal entendida neutralidad profesional, pues primero y al final serán siempre ciudadanos, con ineludibles e irrenunciables deberes constitucionales, y por lo tanto llamados las veinticuatro horas y los siete días de la semana a defender la democracia, el orden constitucional y la Constitución de la República..
No olvidemos pues ni un solo segundo que, Juan Orlando nunca debió y nunca podrá ser reelegido Presidente. ¿Estaríamos dispuestos a permitirlo de nuevo, desde cualquier escenario en que nos encontremos?
Septiembre 14, 2020