(Este artículo fue rechazado en El Heraldo el 26/10/2018)
Desde que se instalaron las mesas técnicas de trabajo en el Diálogo Político, poco o casi nada se ha avanzado en los logros esperados, y estamos casi concluyendo el tiempo que le fue programado.
Dentro del trabajo de las mesas se introdujeron numerosos sub-temas que de abordarse absorberían considerable tiempo, amén que gran parte de ellos en nada tienen que ver con las crisis generada a partir de noviembre de 2017, estando totalmente alejados de la finalidad del Diálogo y por consiguiente sin crear expectativas en relación al esfuerzo que desde Naciones Unidas se viene realizando para contribuir a los logros sustanciosos del mismo.
Tanto el documento “Compromiso por Honduras” como el Decreto Ejecutivo publicado en La Gaceta dejaban más que claro que de los trabajos a realizarse dentro del Diálogo, los que alcanzaran el consenso entre las fuerzas políticas tendrían efecto vinculante ante el Congreso Nacional. Igualmente se generó compromiso de dos de las tres mayoritarias bancadas parlamentarias, en el sentido que al momento de llevarse a debate los temas consensuados en el Diálogo se les daría la vinculación debida, de tal suerte que lo que se llegara a aprobar en el Congreso Nacional sería producto derivado de los grandes acuerdos dentro del Diálogo.
Repentinamente todo tomó un giro distinto con la decisión parlamentaria del nombramiento de la Comisión Interventora del Registro Nacional de las Personas (RNP). Ese tema del RNP fue uno de los acordados por la Comisión Política del Diálogo con participación del Partido Nacional y el Gobierno. Era de esperarse entonces que, cualquier debate y decisión dentro del Congreso Nacional sobre el RNP debería esperar el resultado que de este tema surgiera del Diálogo.
Sin embargo todo se manejó velozmente en el Congreso. En una de las mesas del Diálogo la representación del Partido Nacional propuso que para que trascendiera que ya estaba saliendo producto del Diálogo, se le enviara una nota al Congreso Nacional instándole a que a la brevedad se nombrara la Comisión Interventora del RNP, atreviéndose a sugerir que esa medida debería tomarse dentro de un máximo de diez días. Simultáneamente habiendo llegado a las mesas un ex funcionario del RNP, que a su vez es vocero mediático del Partido Nacional, a hacer una exposición sobre dicha institución y cuya presentación debemos reconocer que fue técnica, ya para finalizar la misma insistió por cinco veces en que “si son buenos hondureños deben mandar esa nota al Congreso para que de inmediato nombre la Comisión Interventora”.
Allí, y tras esa participación, se llegó a comprender que el motivo de la nota era una intención política del partido de gobierno en el Congreso Nacional, y que desde la Cámara querían curarse en salud haciéndole creer a la nación que el nombramiento apresurado de la Comisión Interventora obedecería a una exigencia del “Diálogo” a lo que se veían obligados a atender. Como la nota nunca salió, simplemente el Congreso tomó la decisión que ya tenía en la manga de la camisa, aventándose sin el paracaídas que esperaba desde el “Diálogo”.
El artículo 205 constitucional que define expresamente las atribuciones del Congreso Nacional, en ningún momento le señala la de nombrar comisiones interventoras. El numeral 21 dentro de este artículo solamente le faculta al nombramiento de comisiones especiales de investigación, jamás interventoras. Consecuentemente el decreto legislativo que nombra la Comisión Interventora del RNP es un decreto totalmente inconstitucional. Y la acción tomada, como otras que ya se están mencionando, se encaminó a torpedear el Diálogo Político y con ello dejar estancada y sin resolver la crisis de noviembre de 2017.